En este espacio podrás encontrar algunos documentos o páginas de referencia.
Ley de Fondos Legislativos para Impacto Comunitario:
https://bvirtualogp.pr.gov/ogp/Bvirtual/leyesreferencia/PDF/Organizaciones%20Sin%20Fines%20de%20Lucro/20-2015/20-2015.pdf
Página de la Comisión Especial Conjunta de Fondos Legislativos para Impacto Comunitario:
En ella encontrarás las convocatorias para la solicitud de fondos legislativos, el Reglamento de la Comisión, las convocatorias para pertenecer a la lista de organizaciones sin fines de lucro que se dedican a erradicar la pobreza infantil según la Ley 60-2029, entre otro tipo de información.
Página del Sistema Único de Trámite Legislativo de la Oficina de Servicios Legislativos:
Aquí se puede hacer una búsqueda de las medidas legislativas del cuatrienio presente o pasados.
https://sutra.oslpr.org/osl/esutra/
Repositorio de Planillas, Formularios y Anejos del Departamento de Hacienda para OSFL:
https://hacienda.pr.gov/planillas-formularios-y-anejos/repositorio?field_documentos_nombre_value&field_documentos_tipo_contrib_value=contribucion-sobre-ingresos&field_documentos_tipo_value=All&field_documentos_contribuyente_value=contribuyentes-especiales&field_documentos_tema_value=sin-fines-de-lucro
Lista de OSFL con exención contributiva del Departamento de Hacienda:
Para acceder a esta lista, se debe acceder al link que aparece en la página, luego localizar el recuadro de «Servicios de búsqueda» y seleccionar «Organizaciones sin fines de lucro aprobadas».
https://hacienda.pr.gov/comerciantes/sin-fines-de-lucro/lista-de-sin-fines-de-lucro
Reglamentos de agencias aprobados:
http://app.estado.gobierno.pr/ReglamentosOnLine/ReglOnLine.aspx
Órdenes Ejecutivas:
https://www.estado.pr.gov/ordenes-ejecutivas
Enlaces para acceder a documentos gubernamentales que requieren varios financiadores («funders»). Muchos de estos son los documentos básicos para crear una cuenta de tu OSFL en SINFINESPR.
- Certificado de Cumplimiento del Departamento de Estado («Good Standing»):
- Certificado de Vigencia de Exención Contributiva:
- Certificación de radicación de planillas estatales (últimos 5 años):
- Certificación negativa de deuda del Departamento de Hacienda:
- Certificación negativa de deuda del Fondo del Seguro del Estado:
- Certificación de no deuda por desempleo e incapacidad con el Departamento del Trabajo: